Una capacitación con directores de Recursos Humanos y de Relaciones Públicas del Estado, realizó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en el Anfiteatro de la Presidencia de la República, con el objetivo de instruirlos sobre el “Programa de Retiro Voluntario”, para beneficiar a las personas que tienen una pensión de vejez de la Caja de Seguro Social (CSS) y que laboran en los ministerios o instituciones descentralizadas del Gobierno Nacional.
Este Programa se oficializó en la Gaceta Oficial N° 27838-C del Decreto Ejecutivo 358 del 4 de agosto de 2015, ofrece el incentivo de una indemnización a los funcionarios que opten voluntariamente por renunciar al cargo que desempeñan, que se calculará en base a los años laborados en calidad de jubilado.
Los servidores públicos que aplican para ser beneficiarios del “Programa de Retiro Voluntario” son aquellos gozan de una pensión de vejez de la CSS y, que tengan dos años continuos de prestar sus servicios a las instituciones donde laboran, quienes recibirán una indemnización basada en el salario devengado al 31 de diciembre de 2015, y no será considerada ninguna otra remuneración.
La indemnización que se otorga está contemplada en los años laborados como pensionado por vejez activos a partir de 2 años y un día hasta 3 años (7 meses de salario); 3 años y un día hasta 4 años (8 meses de salario); a partir de 4 años y un día hasta 5 años (9 meses de salario); a partir de 5 años y un día (10 meses de salario).
Con el propósito de facilitar los trámites, en el portal web del MEF se encuentran ya disponibles los modelos de los documentos que serán requeridos a los solicitantes y otros formatos que usarán las oficinas de Recursos Humanos para las gestiones administrativas del programa:
(http://www.mef.gob.pa:3000/es/noticias/Paginas/retirovoluntario.aspx).
Se excluyen de este Programa los funcionarios en cargos de elección popular, miembros de la Policía Nacional, miembros permanentes del Cuerpo de Bomberos, personal docente, profesionales de la salud, personal del servicio exterior, servidores públicos que prestan servicios temporales de manera transitoria, los ministros, viceministros, subdirectores, jefes de departamento y personal que ocupe cargos de mando dentro de las instituciones.
Los requisitos que deben completar los funcionarios públicos en calidad de persona jubiladas son: 1. Hacer la solicitud en la Oficina Institucional de Recursos Humanos de la entidad pública donde laboran, a más tardar el 15 de octubre de 2015, llenando el formulario correspondiente y presentado los siguientes documentos: copia autenticada de la resolución emitida por la CSS que le beneficia con una Pensión de Vejez, certificación que acredite el tiempo laborado en la institución pública y carta de renuncia, indicando que la misma se hará efectiva al momento en que se le notifique de la resolución por medio de la cual se aprueba el retiro voluntario.
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