Mediante Decreto Ejecutivo N° 29 del martes 29 de marzo de 2016, el Gobierno Nacional transfirió el descanso obligatorio correspondiente al 1 de mayo, fecha en la que se celebra el Día del Trabajador en la República de Panamá, para el lunes 2 de mayo de 2016.
Con esto, se dispone el cierre de las oficinas públicas y privadas en todo el territorio nacional.
El Artículo 47 del Código de Trabajo establece que " Cuando un día de fiesta o duelo nacional, previamente fijado en la ley, coincida con un día domingo, el lunes siguiente se habilitará como día de descanso semanal obligatorio".
La persona a la que le corresponda trabajar un día de descanso laboral, será remunerada con un recargo del 50% sobre la jornada ordinaria de trabajo.
Visitas: 5,132,002
Con el Centro de Atención Ciudadana (3-1-1) la ciudadanía tiene al alcance de la mano y de un “Click” a todas las instituciones del Estado en un solo punto de contacto, las 24 horas y los 7 días a la semana, 365 días al año.