Una docencia con el tema “Prestaciones Económicas”, dirigida a padres y madres de estudiantes que reciben servicios educativos en las Escuelas, Programas y Extensiones del Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE), organizó la Oficina Institucional de Recursos Humanos (ORIH) y la Sección de Bienestar al Servidor Público y Relaciones Laborales (Sebisprela) en conjunto con el Departamento de Escuela para Padres.
El objetivo de la actividad fue orientar a los padres de familia del IPHE y público en general, sobre sus derechos como asegurados y los beneficios que le corresponde recibir a sus hijos como dependiente, además de indicar la importancia de realizar los trámites en tiempo oportuno.
La charla se desarrolló de manera virtual, y tuvo como expositora a la licenciada Yaribeth Castro, Trabajadora Social de la Caja del Seguro Social (CSS), quien orientó a los padres acerca del proceso de inscripción de sus hijos como beneficiarios ante la entidad de seguridad social.
La licenciada Castro manifestó al inicio de su intervención que las personas que pueden registrarse como beneficiarios ante la CSS son: los padres mayores de 60 años, las madres mayores de 50 años, los hijos menores de edad, así como los hijos mayores de edad con diagnóstico médico.
Agregó la profesional que en caso de los hijos con diagnóstico de alguna condición de discapacidad se debe llenar un formulario y presentar la documentación correspondiente para ingresarla al sistema y así estos reciban el beneficio.
La especialista también enfatizó acerca de la inscripción de beneficiario inválido para el hijo o hija del asegurado y señaló que este beneficio lo puede recibir todo hijo mayor de 18 años y con alguna condición de salud, el que debe ser inscrito por su padre o madre como beneficiario inválido y así garantizar la continuidad de sus atenciones médicas, además de no perder los derechos que como beneficiario tiene.
Acerca del tema de Pensión de Sobreviviente, la funcionaria expresó que esta se origina al momento del fallecimiento del pensionado o asegurado, por causas no laborales, siempre que cumpla con algunos requisitos tales como: al momento de fallecer el pensionado o asegurado tener un mínimo de 36 cuotas, 18 de ellas aportadas durante los últimos tres años, o reunir el número de cuotas de referencia.
Sobre quiénes son las personas que tienen derecho a recibir la Pensión de Sobreviviente, la experta señaló que el viudo o la viuda del fallecido, los hijos menores de edad, tendrán el derecho hasta los 18 años, así como los padres.
Acompañó a la licenciada Castro, la profesora Ana Árrue de Delgado, Coordinadora del Departamento de Escuela para Padres del IPHE.
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