El Departamento de Escuela Para Padres y la Oficina de Asesoría Legal del Instituto Panameño de Habilitación Especial (IPHE), impartieron un conversatorio acerca de la “Ley N° 15 de 31 de mayo de 2016, que reforma la Ley N° 42 de 1999 sobre la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad”, en la cual participaron de manera virtual 70 padres de familias de estudiantes con discapacidad de las 21 sedes de la entidad en todo el país y el público en general.
El expositor de este tema, el Abogado Ángel Cañizales, de la Oficina de Asesoría Legal del IPHE, centró su ponencia en los siguientes temas: la capacidad legal que tienen los padres de familias para la toma de decisiones en el ejercicio de sus derechos; los derechos políticos que el Estado garantizará en igualdad de condiciones que las demás personas.
Otros de los aspectos legales que los padres de familias conocieron fueron los relativos a los servicios de salud, es decir, a recibir atención especializada de acuerdo con sus necesidades particulares de cada uno, en centros y hospitales subsidiados o del sector público.
Los participantes de este conversatorio conocieron sobre sus derechos laborales en relación a los permisos para citas, tratamientos o actividades educativas, sin afectar sus derechos laborales a nivel de las empresas privadas e instituciones estatales, enfatizando que los padres de familias o personas con discapacidad tienen un tiempo 144 horas o 18 días al año, sin que afecte su periodo de sus vacaciones, incapacidades y demás permisos a que tiene derecho el trabajador.
De Igual forma el derecho a un empleo productivo, remunerado y equitativo. En cuanto al tema de la empleabilidad, se explicó que la empresa privada, de cada 25 a 50 de trabajadores, debe como mínimo contratar a una persona con discapacidad, y más de 50 trabajadores, se debe dar empleo al 2%. Esto puede aumentar de acuerdo al crecimiento económico del país.
El licenciado Cañizales, habló también sobre el derecho a la educación pública y privada, que tienen los estudiantes con discapacidad al participar del sistema educativo regentado por el Ministerio de Educación (MEDUCA), para el acceso y permanencia, según su condición, asegurándoles los servicios y recursos educativos, minimizando las barreras de aprendizaje con la participación de los padres, madres, o parientes, etc.; igualmente se abordó el tema del acceso a la cultura y deporte basado en el principio de inclusión social.
En cuanto al derecho a la información y a la comunicación, el licenciado Cañizales, manifestó que la Ley N°5 garantiza este derecho cualquier medio de información en igualdad de condiciones, utilizando los medios tecnológicos de acuerdo a su discapacidad; en este sentido mencionó algunos de ellos: ll lenguaje de señas, el braille; los modos, medios y formatos aumentativos y alternativos que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones sociales. Asimismo, el uso del internet, páginas web e informaciones (públicas y Privadas): formatos accesibles.
Otro tema que la Ley N° 15 garantiza es el relacionado a las organizaciones sociales de y para las personas con discapacidad y sus familias, como parte del reconocimiento de su papel protagónico en la elaboración de políticas relacionadas con la discapacidad.
Para finalizar, el abogado Cañizales, explicó que las personas con discapacidad y sus familias tienen derecho al acceso a la justicia, seguridad, sanciones y exoneración, arancelarias, de importación de medicamentos, de prótesis y órtesis, vehículos adaptados para su utilización personal, entre otros insumos que requieran para llevar una vida plena y en igualdad de oportunidades que todos los ciudadanos.
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